El Parlament no tiene
competencias para ello
El Tribunal Constitucional ha
aplazado 15 dias la comunicacion de su decisión sobre la Ley del Parlamento de
Cataluña, por la que se prohibieron en aquella comunidad autónoma la celebración
de espectáculos taurinos. Según La Vanguardia, el anuncio se hará dentro de dos
semanas díias. Alegan oficialmente falta de tiempo para ultimar todo. El
borrador de la sentencia se refiere a que esta materia corresponden en
exclusiva al Estado, no a las comunidades autónomas, por reconocer que la
Tauromaquia tiene una particular dimensión cultural en España.
Redacción
El borrador de sentencia del Tribunal Constitucional se
inclina por atender el recurso de
inconstitucionalidad, planteado ahora hace seis años por los senadores del PP,
contra la prohibición de los toros en Cataluña. De acuerdo con este
borrador, el Parlament se extralimitó
cuando prohibió las corridas de toros en el territorio de la comunidad autónoma
catalana, porque al hacerlo ejerció unas competencias que no le corresponden.
Por encima de otros aspectos, la propuesta de resolución
deja claro que dichas atribuciones corresponden al Gobierno y a las Cortes
Generales, porque se trata de materias de titularidad estatal. Conviene
recordar que ésta era el argumento medular del recurso planteado en su día,
Pero la sentencia va también más allá, por cuanto reconoce que la fiesta de los
toros tiene una particular dimensión cultural en España, dado su arraigo y
tradición, por lo que no se trata exclusivamente de un espectáculo sin más y
sin otras connotaciones.
En un primer momento, en la web del diario "La Vanguardia",
se informó que el Tribunal Constitucional habia votado el martes día 4 de
octubre por la tarde la anulación de la ley del Parlament del 2010 que prohibía
las corridas de toros en Cataluña al considerar que la cámara tiene
competencias para regular este tipos de espectáculos pero no para prohibirlos.
Sin embargo, unos minutos después fuentes del Constitucional
desmintían que hubiera sido aprobado este tema, sino que quedaba sobre la mesa
para la reunión a celebrar dentro de 15 días. De acuerdo con los datos
obtenidos por La Vanguardia, en realidad lo decidido por el TC es aplazar dos
semanas las comunicación oficial de la sentencia.
La ponencia para esta sentencia ha sido elaborada por la
magistrada Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de
Barcelona, cuyo principal argumento es la falta de competencias del Parlament.
Otras consideraciones legales son el “blindaje” de los toros aprobado
posteriormente por Las Cortes en noviembre del 2013 que reconoce las corridas
como un “patrimonio cultural”.
En el borrador también se tienen en cuenta criterios
jurídicos como la libertad de empresa, la tradición cultural de los toros y la
protección constitucional a las llamadas “minorías culturales”, salvo cuando se
trata de prácticas que atentan contra la “dignidad humana” como sucede con la
ablación.
Aún antes de conocerse la resolución del alto Tribunal, el
Gobierno de la Generalitat ya ha anunciado que no acatará la sentencia, como ha
venido haciendo en casos anteriores. Sin embargo, una sentencia en los
antetriores términos puede abrir nuevas vías para reclamaciones ante la
institución catalana tanto de la Empresa Balañá, propietaria del coso, como de
otros sectores.
La ponente Encarnación Roca Trías
La ponente de la sentencia ha sido la magistrada Encarnación
Roca, una prestigiosa Catedrática de Derecho Civil y Magistrada del Tribunal
Supremo.
Encarnación Roca es licenciada en Derecho Universidad de
Barcelona y Doctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona. En
1984 obtuvo la cátedra de Derecho Civil en la Universidad de la Ciudad Condal,
institución de la que también fue Vicerrectora. Desde el año 2005 ha sido
Magistrada de la Sala de lo Civil del tribunal Supremo y en 2012 fue elegida
vocal del Tribunal Constitucional.
Doctora Honoris causa por la Universitat de Girona y miembro
del Foreing Oxford Centre for Family Law and Policy, ha sido la primera mujer catedrática de Derecho
Civil, magistrada en la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo, en la Real
Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y en la Acadèmia de
Jurisprudència i Legislació de Catalunya.
Entre otros trabajos, ha publicado “Derecho de Daños. Textos y materiales”
(Editorial Tirant lo Blanch Valencia,), “Familia y cambio social. De la casa a
la persona”. (Editorial Civitas), “Institucions del Dret Civil de Catalunya”
(Editorial Tirant lo Blanch) y “Libertad
y Familia” (Real Academia de Jurisprudencia y Legislación).
Está en posesión de la Creu de Sant Jordi de la Generalitat
de Catalunya y de la Creu Narcís
Monturiol a la investigación.
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