jueves, 6 de octubre de 2016

El TC aplaza 15 días la comunicación de su sentencia sobre la ley prohibicionista de Cataluña

El Parlament no tiene competencias para ello 
El Tribunal Constitucional ha aplazado 15 dias la comunicacion de su decisión sobre la Ley del Parlamento de Cataluña, por la que se prohibieron en aquella comunidad autónoma la celebración de espectáculos taurinos. Según La Vanguardia, el anuncio se hará dentro de dos semanas díias. Alegan oficialmente falta de tiempo para ultimar todo. El borrador de la sentencia se refiere a que esta materia corresponden en exclusiva al Estado, no a las comunidades autónomas, por reconocer que la Tauromaquia tiene una particular dimensión cultural en España.

Redacción

El borrador de sentencia del Tribunal Constitucional se inclina por atender  el recurso de inconstitucionalidad, planteado ahora hace seis años por los senadores del PP, contra la prohibición de los toros en Cataluña. De acuerdo con este borrador,  el Parlament se extralimitó cuando prohibió las corridas de toros en el territorio de la comunidad autónoma catalana, porque al hacerlo ejerció unas competencias que no le corresponden.

Por encima de otros aspectos, la propuesta de resolución deja claro que dichas atribuciones corresponden al Gobierno y a las Cortes Generales, porque se trata de materias de titularidad estatal. Conviene recordar que ésta era el argumento medular del recurso planteado en su día, Pero la sentencia va también más allá, por cuanto reconoce que la fiesta de los toros tiene una particular dimensión cultural en España, dado su arraigo y tradición, por lo que no se trata exclusivamente de un espectáculo sin más y sin otras connotaciones.

En un primer momento, en la web del diario "La Vanguardia", se informó que el Tribunal Constitucional habia votado el martes día 4 de octubre por la tarde la anulación de la ley del Parlament del 2010 que prohibía las corridas de toros en Cataluña al considerar que la cámara tiene competencias para regular este tipos de espectáculos pero no para prohibirlos.

Sin embargo, unos minutos después fuentes del Constitucional desmintían que hubiera sido aprobado este tema, sino que quedaba sobre la mesa para la reunión a celebrar dentro de 15 días. De acuerdo con los datos obtenidos por La Vanguardia, en realidad lo decidido por el TC es aplazar dos semanas las comunicación oficial de la sentencia.

La ponencia para esta sentencia ha sido elaborada por la magistrada Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de Barcelona, cuyo principal argumento es la falta de competencias del Parlament. Otras consideraciones legales son el “blindaje” de los toros aprobado posteriormente por Las Cortes en noviembre del 2013 que reconoce las corridas como un “patrimonio cultural”.

En el borrador también se tienen en cuenta criterios jurídicos como la libertad de empresa, la tradición cultural de los toros y la protección constitucional a las llamadas “minorías culturales”, salvo cuando se trata de prácticas que atentan contra la “dignidad humana” como sucede con la ablación.

Aún antes de conocerse la resolución del alto Tribunal, el Gobierno de la Generalitat ya ha anunciado que no acatará la sentencia, como ha venido haciendo en casos anteriores. Sin embargo, una sentencia en los antetriores términos puede abrir nuevas vías para reclamaciones ante la institución catalana tanto de la Empresa Balañá, propietaria del coso, como de otros sectores.

La ponente Encarnación Roca Trías

La ponente de la sentencia ha sido la magistrada Encarnación Roca, una prestigiosa Catedrática de Derecho Civil y Magistrada del Tribunal Supremo.

Encarnación Roca es licenciada en Derecho Universidad de Barcelona y Doctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona. En 1984 obtuvo la cátedra de Derecho Civil en la Universidad de la Ciudad Condal, institución de la que también fue Vicerrectora. Desde el año 2005 ha sido Magistrada de la Sala de lo Civil del tribunal Supremo y en 2012 fue elegida vocal del Tribunal Constitucional.

Doctora Honoris causa por la Universitat de Girona y miembro del Foreing Oxford Centre for Family Law and Policy, ha sido  la primera mujer catedrática de Derecho Civil, magistrada en la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo, en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y en la Acadèmia de Jurisprudència i Legislació de Catalunya.

Entre otros trabajos, ha publicado  “Derecho de Daños. Textos y materiales” (Editorial Tirant lo Blanch Valencia,), “Familia y cambio social. De la casa a la persona”. (Editorial Civitas), “Institucions del Dret Civil de Catalunya” (Editorial Tirant lo Blanch) y  “Libertad y Familia” (Real Academia de Jurisprudencia y Legislación).

Está en posesión de la Creu de Sant Jordi de la Generalitat de Catalunya y de la  Creu Narcís Monturiol a la investigación.

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