Hace exactamente un siglo, en
marzo de 1917, se aplicó el primer reglamento taurino
El gran crítico de ABC, en su análisis del Reglamento de 1917, abominó de la genuflexión en el ruedo, que debió erradicarse por ley. |
ÁNGEL GONZALEZ ABAD
Zaragoza
Diario ABC de Madrid
Hace exactamente un siglo, en marzo de 1917, se aplicó el
primer reglamento taurino considerado de carácter nacional porque, aunque
dirigido a las plazas de primera -Madrid, Sevilla, Bilbao, Barcelona, San
Sebastián, Valencia y Zaragoza-, obligaba al cumplimiento en toda España en lo
referido a las enfermerías y puyas, y los gobernadores civiles tenían potestad
para aplicarlo en su integridad.
El texto publicado en el BOE estuvo acompañado de voces a
favor y en contra. De todo se hizo eco el crítico de ABC, Gregorio Corrochano,
que escribió una serie de artículos sobre la novedad legal, que el revistero
recibe con agrado «porque más que para organizar el espectáculo, su texto
parece hecho para enseñanza de la afición. No limita sus funciones a lo
estrictamente reglamentario, sino que salta al ruedo y toma parte en la lidia».
Considera el histórico crítico que se pondrá fin a los
desmanes y abusos que el propio sentido común no erradicaba entonces de las
plazas, y cita algunas normas del Reglamento de Corridas de toros, novillos y
becerros, suscrito por el ministro de la Gobernación, Joaquín Ruiz Jiménez:
«Ningún diestro podrá dar verónicas, navarras, galleos ni otras suertes que
tengan por objeto quebrar la pujanza del toro cuando este carezca de pies o
haya tomado cuatro puyazos».
La suerte de varas
«Cuando saliese un toro con mucho brío y los picadores
comiencen a dar vueltas por el circo siguiendo la dirección del cornúpeta para
no encontrarse con él y retardar la suerte de varas, serán multados».
«El matador deberá estar solo delante del toro durante el
último tercio; pero si lo conceptúa preciso, sus banderilleros y aun los otros
espadas le correrán y volverán el toro».
Estas y otras normas se plasmaban por primera vez en una
orden ministerial, «admirables disposiciones», para el periodista, quien hacÍa
el siguiente, y curioso análisis: «Hay quien opina que el director de Seguridad
-iniciador del reglamento- se ha excedido en sus funciones. A nosotros nos
parece que aún se ha quedado corto. Debió prohibir que se toreé de rodillas,
que es lo más antitaurino que existe en torería».
Si Corrochano viera ahora lo que sucede en los ruedos,
quedaría espantado de tanto toreo de hinojos, de tanto abuso de lo genuflexo
recibido con admiración por los públicos. Torear de rodillas: «Lo más
antitaurino que existe en torería», resuena la frase abecedaria.
Y tras tanta contundencia contra lo que significaba que un
torero se pusiera de rodillas, como un gesto de valentía para llamar la
atención, Corrochano dudaba del cumplimiento de uno de los puntos claves del
texto, la edad de los toros, fijada en cinco años. «Las dificultades son las
mismas [que en temporadas anteriores]: no hay toros de cinco años», para abrir
así un debate sobre la conveniencia de lidiar toros con cuatro para cinco.
Pero lo que quedó claro de toda la exposición del gran
crítico es que igual que se prohibió colear a los toros si no se producía una
situación de peligro, o se minimizó la labor de los monosabios, el toreo de
rodillas también había que haberlo prohibido por ley. El signo de la Fiesta
hubiese cambiado, sin duda.
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