domingo, 16 de agosto de 2015

El abuso y los excesos en los indultos, en medio de una disparidad de criterios sobre la bravura

Una figura que debería ser repensada 

Desde la entrada en vigor del vigente Reglamento, luego trasladado con una mayor amplitud al que rige en Andalucía, vienen proliferando temporada tras temporada los indultos de toros. Y a lo mejor ha llegado el momento de revisar este apartado de la normativa taurina, para que la figura del indulto se aplique en toda la geografía, no sólo con el rigor necesario, sino sobre todo con unos criterios armonizados, que en la actualidad no se dan. Por eso nos encontramos ante una posibilidad que se va devaluando, hasta llegar a un momento en el que no se sabe a cierta si el indulto es para preservar la raza brava o viene a ser el sustitutivo de una placa que le dan al ganadero en tal o cual feria.

Redacción CULTORO.COM

Con el Reglamento nacido de la llamada Ley Corcuera de 1991,  la figura del indulto de los toros cambió de manera sustancial. De la exigencia necesaria de sólo perdonar la vida en el caso de las corridas concurso de ganaderías, se pasó a extenderlo a todos los festejos que se celebraran en plazas de primera y segunda categoría.

De entonces aquí los indultos han proliferado, en ocasiones con excesos. Y ya los vemos hasta en plazas de tercer orden --las portátiles se libran, por carecer de corrales-- y se dan incluso en el caso de los festivales.

Pero, sobre todo, se observa como el rigor a la ahora de aplicar la norma correspondiente no se sigue con unos criterios armonizados para la generalidad de la geografía taurina. De hecho, no deja de ser llamativo que haya plazas muy propensas a los indultos, en tanto en otras se dan en muy contadísimas y excepcionales ocasiones.

No han sido una excepción los casos en los que hasta el propio ganadero no tenía interés en que ese animal fuera un toro de vacas. Pero en la euforia de una tarde, el presidente sacó el pañuelo naranja.

Se comienza por la morfología del toro, sobre lo que hay una disparidad de criterios en torno a si un toro de escaso trapío debe ser o no indultado. Se sigue por discutir si un animal que malamente ha tomado un puyacito de nada,  no sólo sin romanear, sino simplemente sin celo, debiera merecer semejante premio.

Hay criadores que entienden como fundamental ese sofisticado concepto que le llaman “durabilidad”. Es decir, que como aguantó sin rechistar una de esas macrofaenas al uso, ya va acumulando puntos para conseguir el indulto.

Los que hoy son considerados poco menos que unos antiguos, consideraban una pega objetiva para afirmar que un toro era verdaderamente bravo que no hubiera abierto la boca hasta que lo arrastraban, ni que hubiera escarbado en la arena durante toda la lidia.

En su sentido más propio, toda esa serie de condiciones son características necesarias para proclamar la bravura de un toro en su concepción propia. Pero siempre se dijo que deberían dar todas ellas a la vez; no bastaba con que hubiera soportado 80 muletazos, incluso destemplados, ni que hubiera derribado cuatro veces al picador.  Sin embargo, se comprueba que ese recto criterio ha saltado por los aires.

En realidad, en nuestros días se acaba uno haciendo un cierto lío, porque más que un indulto para preservar la buena casta y bravura, el indulto se confunde con un premio al ganadero, e incluso al torero que lo lidió.

Que el torero y su forma de torear influye necesariamente en el comportamiento del animal, resulta indudable. Para bien o para mal, según los casos. ¡Cuántos toros de cuyos pitones colgaba un cortijo se han ido al desolladero casi sin haberlos podido ver! Pero una cosa es que se de ese margen de influencia y otra distinta que pase a tener una valoración de primer plano.

Menos sentido tiene aún que el indulto se vaya considerando como una especie de galardón para el criador del toro al que le perdonó la vida. Para eso están los premios que hoy se conceden, por cierto con unas alegrías inusitadas, en todas las plazas. Pero no confundamos un placa con un toro de vacas.

En este más que cierto desorden de criterios, hay expertos que se inclinan por el principio de “en la duda, indulto”. Y lo sustentan en criterios como para tenerlas en cuenta. A este respecto, consideran que con el estado actual de la cabaña de bravo, no debe desaprovecharse la oportunidad, aunque sea sencillamente posible pero no segura, para ir mejor el estado y condición de la raza. Con perdonarle la vida --vienen a decir-- no pasa nada; debe ser luego el ganadero el que a la vista de toda la información que tiene lo convierta o no en semental. Por razones obvias, esta posibilidad no se daría sino hubiera el previo indulto.

Bajo un criterio puramente práctico, pueden tener alguna razón. Sin embargo, no es ese el principio por el que semejante distinción se ha aplicado a lo largo de los tiempos. Siempre ese género de probaturas eran la razón de ser de los tenderos de machos, como hoy se sigue haciendo en todas las dehesas. Sin embargo, la lidia en un ruedo, dentro de un espectáculo reglado, nada tiene que ver con esas faenas ganaderas.

Pero se piense como se piense, lo que parece claro es que por el abuso a esta posibilidad del indulto, la figura se ha ido devaluando. Y eso no puede buena cosa. Ni para el criador, ni para nadie. Hay que poner en todo su valor esa posibilidad reglamentaria.

Por eso, ahora que se vuelve a trabajar en la cuestión reglamentaria, los expertos le harían un favor a la Fiesta se repiensan el articulado que regula los indultos, para que se aplique no sólo toda propiedad, sino también con criterios armónicos en toda la geografía.

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