domingo, 17 de julio de 2016

El TC decide en septiembre si tumba la prohibición de los toros en Cataluña

Según informa en su edición impresa el diario ABC
La sentencia marcará la pauta en comunidades y ayuntamientos que quieren eliminar los toros

El Tribunal Constitucional (TC) tiene previsto pronunciarse en el próximo mes de septiembre sobre la prohibición de los toros en Cataluña, seis años después de que el Partido Popular presentase un recurso de inconstitucionalidad en el Senado, según informa este sábado el diario ABC.

Dicha información señala también, de fuentes de máxima solvencia, que días antes de la muerte de Víctor Barrio, el TC ya había reactivado la resolución del recurso, decisión que se produce en un contexto en el que los profesionales y aficionados a los toros llevan tiempo pidiendo una respuesta urgente ante la ofensiva de corrientes populistas que quieren eliminar la Fiesta en distintos lugares de España.

Asimismo, se añade que en una carta al presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, la Fundación del Toro de Lidia advierte que la tardanza en resolver este recurso “está teniendo una negativa repercusión en el mundo de la Tauromaquia”.

Según el recurso de inconstitucionalidad -avalado por 50 senadores-, la prohibición catalana vulnera más de diez artículos de la Constitución e invade competencias que no le corresponden. “Se infringen artículos como el acceso a la libertad de todos los españoles a las manifestaciones culturales, es decir, a la creación artística, y a la libertad del empresariado. Y lo más importante es que en todos los decretos de transferencias de la Administración Central a las Administraciones Autonómicas sobre competencias en materias de espectáculos se habla de las facultades en cuanto a regulación, promoción u ordenación, pero en ningún caso de prohibición”, argumentó el grupo popular. / Redacción APLAUSOS

Artículos que avalan la inconstitucionalidad de la prohibición de los toros en Cataluña
Seis años después, el TC tiene previsto pronunciarse el próximo mes de septiembre.

ROSARIO PEREZ
Diario ABC de Madrid

Seis años después de la entrada en el Tribunal Constitucional (TC) del recurso contra la prohibición de los toros en Cataluña, el Pleno del órgano de garantías tiene previsto pronunciarse sobre su posible inconstitucionalidad en septiembre. El recurso que en 2010 presentó el PP hacía referencia a más de diez artículos de la Carta Magna.

Estos son los esenciales:

9.2 Participación en la vida cultural: «Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».

20.1b Libertad creativa: «Se reconocen y protegen los derechos a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica».

27.1/2 Educación: «Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». [En la mente de muchos, la FP de Tauromaquia]

38. Libertad de empresa: «Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía genera y, en su caso, de la planificación. De manera especial realizarán una política orientada al plano empleo».

40.1 Progreso social: «Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica».

44.1 Acceso a la cultura: «Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho».

46. Patrimonio histórico: «Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

128.1 Interés general de la riqueza: «Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general»

139.2. Circulación de bienes: «Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español».

149.1. Igualdad y defensa del patrimonio: «El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 1ª) la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; 13ª) bases y coordinación de la planificación de la actividad económica; 28ª) defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación, museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las comunidades autónomas».

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