Elabora un
nuevo protocolo
El Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de
Madrid, el colectivo de presidentes de la Plaza de Las Ventas y la empresa
Taurodelta, como gestora actual de la plaza, han suscrito un protocolo por el
que se regulan las condiciones que deben reunirse para la autorización de
minutos de silencio en la Plaza de Madrid.
El objetivo de este protocolo, que se acompaña, es
acotar las circunstancias que deben producirse para aceptar esta medida,
tratando de adaptar la decisión a la importancia y a la historia de la plaza. Este
protocolo se implantará de forma inmediata.
“Ante la incertidumbre y falta de homologación de
criterios respecto a la autorización de minutos de silencio en la Plaza de
Toros de Las Ventas, ante la proliferación de solicitudes en este sentido y
ante las polémicas surgidas en los últimos tiempos respecto a la idoneidad de
algunos de los minutos de silencio autorizados o denegados, las partes
involucradas deciden establecer las siguientes consideraciones:
El minuto de silencio en la Plaza de Las Ventas
debe corresponder en su significado con la categoría, la historia y el
simbolismo de esta plaza en el entorno internacional taurino. También, con la
positiva repercusión mediática y de opinión pública que tenga su realización.
Se deben considerar como hechos relevantes a
efectos de autorizar un minuto de silencio los siguientes:
·
Fallecimiento de toreros en activo y como
consecuencia del ejercicio de su profesión
·
Fallecimiento de destacados toreros, ganaderos y
empresarios que hayan mantenido una estrecha e importante relación con la Plaza
de Madrid.
·
Fallecimiento de personajes públicos de gran
relevancia social que hayan destacado por su valoración positiva de la
Tauromaquia.
·
Aniversarios de la muerte de mitos de la
Tauromaquia, siempre que el día coincida con espectáculo programado.
·
Sucesos de gran repercusión en la sociedad
española, que motiven una amplia reacción internacional, ocurridos tanto en
nuestro país como fuera de él.
·
Todos los hechos no incluidos en los puntos
anteriores no serán tenidos en cuenta como susceptibles de ser rememorados en
público en la Plaza de Madrid.
·
La propuesta de realización del minuto de
silencio podrá partir únicamente de: la empresa de la Plaza de Toros, el
presidente del festejo o el Centro de Asuntos Taurinos. Las peticiones que se
realicen por cualquier colectivo (asociaciones de aficionados, de empresarios
de profesionales taurinos…) deberán canalizarse a través de una de las tres
partes con capacidad para efectuarlo si así lo considera conveniente.
·
La autorización del minuto de silencio dependerá
en última instancia del presidente del festejo, previa consulta con el
representantes de la propietaria del inmueble (Centro de Asuntos Taurinos de la
Comunidad de Madrid) y de la empresa gestora de la plaza.
·
El presidente del festejo será el encargado de
trasladar a los actuantes la circunstancia del minuto de silencio y deberá
autorizar el contenido de lo que vaya a comunicarse por megafonía a los
espectadores, cuyo detalle deberá ser conformado previamente por las tres
partes”.
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