GUILLERMO RODRÍGUEZ
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Este jueves la Sala Plena de la Corte
Constitucional determinó que los animales no son sujeto de derecho, sino que
son objetos de protección constitucional.
Esta decisión tomada por la alta Corte se da luego
de estudiar una tutela que buscaba la libertad del oso “chucho” mediante el
Habeas Corpus, una medida que solo puede ser aplicada en los humanos.
En la decisión siete magistrados votaron de forma
negativa al considerar, que si bien los animales son seres sintientes, no
podrían acceder a un derecho que se creo solo para beneficiar a los seres
humanos.
Cabe recordar, que el oso nació en semi cautiverio
y fue trasladado a la reserva forestal de Manizales y posteriormente llegó al
zoológico de Barranquilla, donde se encuentra actualmente.
El alto tribunal determinó que los animales no son
sujetos de derecho, sino objetos de protección constitucional, y que el mejor
lugar para Chucho en sus condiciones —según expertos le quedaría menos de un
año de vida— es el zoológico, ya que, al vivir gran parte de su vida en
cautiverio, correría riesgo sin el cuidado humano.
LA CATEGORIA JURIDICA DE SER SUJETO DE
DERECHO
Según la Real Academia de la Lengua Española, la
expresión filosófica de sujeto significa: "Fil. Espíritu humano,
considerado en oposición al mundo externo, en cualquiera de las relaciones de
sensibilidad o de conocimiento, y también en oposición a sí mismo como término
de conciencia. Fil. Ser del cual se predica o anuncia algo".
Según Fernández Sessarego, "El contenido
ontológico de la categoría jurídica genérica de sujeto de derecho, se
adscribirá, única y exclusivamente – de manera directa o indirecta – al ser
humano en cualquiera de las etapas de su vida en relación"[1].
Para nuestro ordenamiento jurídico el término
sujeto de derecho difiere al de persona. La categoría de persona hace
referencia únicamente a las personas naturales o individuales (el ser humano
una vez nacido) y a las personas jurídicas o colectivas (agrupación de personas
individuales o colectivas que se reúnen para un determinado fin y que cumplen
con todos aquellos requisitos formales que le permiten inscribirse en el
registro público respectivo).
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