Un
repaso a las cuestiones recogidas en la normativa taurina que generan
controversia entre los profesionales.
LORENA
MUÑOZ
@LorenaLimon
Diario ABC
de Sevilla
El Reglamento Taurino es necesario, sí, pero
incluye en materia sancionadora algunas cuestiones, cuanto menos curiosas. Cómo
o cuándo un torero puede «caerse de un cartel» o por qué motivos puede un
presidente sancionar a un profesional en el ruedo.
Los abogados Joaquín y Blanca Moeckel, expertos en
materia taurina, llevan varios años tratando con estos casos desde que en una
Feria de Málaga, Enrique Ponce, Manuel Jesús «El Cid» y Miguel Ángel Perera
decidieron no torear en una corrida en la que el empresario les había cambiado
los toros.
«La Junta de Andalucía quiso multar a los toreros
con 6.000 euros y seis meses de inhabilitación por ausencia injustificada.
Ganamos porque nuestro planteamiento fue que estaban anunciados con la corrida
de Parladé reseñada en el campo y no con otros toros aunque fueran de la misma
ganadería. Fernando Carrasco tituló el artículo en ABC con un titular que lo
definía a la perfección: ‘El destierro del compadreo’», argumenta el letrado.
Sobre la cuestión de «quitarse de los carteles»
hay algunas confusiones. «Si la corrida se rechaza en el reconocimiento y se
cambia la ganadería, los toreros no pueden quitarse del cartel porque son
matadores de toros, no de un tipo de toros. Sin embargo, los aficionados sí
pueden devolver la entrada si se cambia la ganadería. Es un anacronismo y un
sinsentido», explica.
Exponen casos como el de Francisco Rivera Ordóñez
en La Coruña donde el público pidió la segunda oreja que no se concedió. «El presidente
lo quiso sancionar con una multa de diez a treinta mil euros por falta de
respeto a la presidencia e incitación al altercado público al argumentar que
había tardado mucho en recoger el trofeo y que luego lo tiró con desdén. Y lo
cierto es que en el Reglamento Nacional Taurino no indica cuánto tiempo hay
para recoger una oreja o incluso si no la quiere recoger como cuando no quiere
dar la vuelta al ruedo a pesar de que el público se la pida. No te pueden
multar por no recoger un premio», aseguran.
Tienen numerosos ejemplos de sanciones por
infracción del Reglamento Taurino que, en su opinión, no siempre se tienen en
cuenta, lo que genera «inseguridad jurídica». «En la pasada Feria de Abril se
ha propuesto para sanción a Cayetano por 'colocar a la res en suerte rebasando
el círculo más alejado a la barrera' para picarlo. Son lances de la lidia que
ocurren en muchas ocasiones y no siempre se sancionan», explican.
Para los letrados el problema se plantea cuando se
pretende poner la Ley por encima del arte. «El arte no se puede regular»,
afirma Joaquín tajante. «Hay que regular el espectáculo como tal, las entradas,
los horarios, lo que se llama policía de espectáculos. Multar a un torero por
llegar tarde tiene sentido pero no porque le haga un gesto a un presidente; en
los toros muchas cuestiones se hacen con gestos. En el siglo XXI es lógico
pensar que tiene derecho a expresarse». Cuestiones, sin duda, para reflexionar.
Una cuestión polémica es la primera oreja, que
concede el público. «No se puede subir a un palco con el criterio personal de
lo que me gusta y lo que no», expone Joaquín Moeckel, quien considera que
«conceptos como el trapío son muy difíciles de regular». E insiste. «No se
puede encorsetar el arte» a la vez que apuesta porque «no exista dispersión
normativa por comunidades. El Reglamento Taurino debe ir encaminado a lograr un
espectáculo menos cruento pero sin perder su esencia».
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