miércoles, 31 de octubre de 2012

La Corte Constitucional falla contra prohibición del alcalde de Bogotá

Espaldarazo al Estado de Derecho
Santiago García Jaramillo
Burladero América / Colombia

La Corte Constitucional colombiana se reunió ayer martes a las 3:30 para tomar una trascendental decisión, en relacion si el artículo 14 de la Ley 916 se ajusta o no a la Constitución, el cual  señala que donde existan plazas de toros permanentes no es necesario el permiso de las autoridades administrativas para realizar corridas.

La decisión debía seguir la línea jurisprudencial trazada por la Sentencia C-1192 de 2005, que señaló que el legislador expidió este reglamento por tratarse de una manifestación cultural y artística que hace parte del patrimonio cultural de la nación, razón por la cual corresponde al Congreso de la República y no a las autoridades administrativas su regulación.

A esta hora conocemos que en una decisión que se vino aplazando por semanas, la Corte Constitucional finalmente realizó el examen de exequibilidad (declarar ajustado o no a la Constitución Política) de los artículos 14 y 15 de la Ley 916 de 2004 mejor conocida como el reglamento taurino.

La discusión no era menor, pues lo que estaba en juego era decidir si los alcaldes de las ciudades donde existen Plazas de Toros permanentes podrían prohibir o permitir las corridas de toros en sus ciudades, mediante el otorgamiento de permisos para su desarrollo, los cuales eliminó de tajo la precitada ley. Luego de este análisis la fiesta taurina salió por la puerta grande.

La Ley 916 de 2004 es clara y contundente, donde existen plazas de toros permanentes basta con comunicar a la autoridad administrativa de su realización. Y es que es palmaria la razón de ser de esta norma puesto que siendo las corridas de toros una expresión artística del ser humano, en los términos del artículo 1o de dicha ley, y parte del patrimonio cultural inmaterial de la nación en virtud de la Sentencia C-1192 de 2005, limitar el acceso a los ciudadanos a estas actividades vulneraría derechos constitucionales.

A esto habría que sumarle que la existencia de una plaza de toros permanente, que la Ley 916 de 2004 reconoce su uso primigenio en el de las actividades taurinas, es prueba de la tradición ininterrumpida que exige la corte para los espectáculos taurinos.   Dejar en manos de cualquier autoridad administrativa (Alcaldes o Concejos) esta decisión era permitirles jugar con la libertad, era dejar una expresión cultural en manos de un capricho político, y por ello la corte fue contundente: NO se requieren permisos, basta con comunicar su realización.

La Corte Constitucional permite hoy que la fiesta taurina, esa que defienden Vargas Llosa, Savater, Botero, Serrat, Sabina y que es comparada por ignorantes enemigos de la libertad con los campos de Auschwitz, salga por la puerta grande.

No corresponde a las autoridades administrativas decidir si permiten o no la fiesta taurina, así lo dijeron 6 de los 9 magistrados que componen el máximo tribunal constitucional colombiano.

Esta decisión blinda la temporada taurina de Medellín, donde concejales y alcaldía se unieron contra la fiesta taurina, a ellos esta sentencia les dice que más allá de sus gustos y odios personales hay una Ley y un Estado de Derecho que deben respetar. Manizales, Cali, Duitama, Cartagena y tantos pueblos y ciudades que tienen sus plazas permanentes quedan exonerados de los permisos, o mejor de los caprichos, del mandatario de turno. 

En Bogotá ya dirá el Alcalde, con sus conocidos sofismas sin apego al derecho, que lo suyo no es una prohibición sino una negativa al préstamo de la Plaza.

Pero que difícil le queda su argumento cuando en prensa, en twitter -su despacho oficial- ha mostrado su animadversión por la fiesta taurina y no por un simple contrato, lo suyo es una prohibición y pronto con el camino que abre la Corte deberá caer, como siempre terminan por caer los ataques ilegales a la libertad.

Se empieza a ver una luz en el camino, ese que en solitario empezó a marcar Don Felipe Negret en cabeza de la Corporación Taurina de Bogotá, y que poco a poco ha recibido el apoyo de toreros y afición en general, siempre confiamos cuando dijo que la Ley nos daría la razón y así poco a poco va quedando demostrado. 

Colombia Taurina hoy recibe un triunfo, que no es otro que el del Estado de Derecho que prima sobre los caprichos personalísimos, y Bogotá recibe una luz, una esperanza de ver su legendaria Plaza de Toros de Santamaría abierta a la afición.

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