viernes, 9 de agosto de 2019

FUNDACIÓN TORO DE LIDIA – Opinión: Los toros vuelven a Palma por derecho

LORENZO CLEMENTE
Miembro de la Comisión Jurídica de la FTL

El próximo día 9 de agosto, la plaza de toros de Palma de Mallorca volverá a abrir sus puertas para dar una corrida de toros. El asunto no tendría nada de particular si no fuera porque, para que este festejo sea posible, el Tribunal Constitucional tuvo que anular prácticamente en su totalidad una ley del Parlamento Balear que, en sus propias palabras, regulaban un tipo de festejo tan desfigurado que lo hacían completamente irreconocible como festejo taurino contemporáneo, lo cual constituía una prohibición encubierta para la que no es competente ningún parlamento autonómico ya que la tauromaquia con sus tres tercios diferenciados (varas, banderillas y muleta) y el hecho de dar muerte al toro mediante estoque es parte del patrimonio cultural común español que no puede ser prohibido ni desfigurado en ninguna Comunidad Autónoma.

La plaza de toros de Palma tiene una larga historia, con periodos de esplendor y decadencia como sucede con tantos otros recintos culturales en nuestro país. Por su ruedo han pasado todos los grandes toreros de las últimas décadas y ha habido algún año en la década de los cincuenta que llegó a dar 33 festejos (más que la plaza de Madrid). En su arena encontró la muerte en 1960 el rejoneador Salvador Guardiola Domínguez, en cuya cuadrilla figuraba el dramaturgo recientemente fallecido Salvador Távora, un revolucionario del teatro, galardonado con el Premio Max de Honor de 2017 entre otros muchos reconocimientos.

Pero ni la historia, ni la vinculación de Palma de Mallorca y del resto de las Islas Baleares con la tauromaquia fueron obstáculo para que su Parlamento autonómico dictara en 2017 una ley que, amparándose en la supuesta protección de los animales, no prohibía las corridas de toros (el Tribunal Constitucional ya había dicho por entonces que la prohibición del parlamento catalán era inconstitucional), pero las regulaba de tal modo que hacía casi imposible y en todo caso grotesca su celebración.

La Fundación del Toro de Lidia advirtió la falta de cobertura legal y competencial de esta norma autonómica y los peligros de permitir que desplegara sus efectos. Afortunadamente, el Presidente del Gobierno promovió un recurso de inconstitucionalidad contra muchos de los preceptos de esta ley, argumentando cómo se vulneraban competencias estatales como la preservación de la tradición cultural de la tauromaquia, la igualdad en las condiciones básicas del ejercicio de la actividad económica y otras muchas.

Como consecuencia de este recurso, el Tribunal Constitucional, en sentencia de 13 de diciembre de 2018 dictó sentencia declarando inconstitucionales muchos de los artículos de esa ley explicando cómo el ejercicio de las competencias autonómicas no puede impedir la celebración de los festejos taurinos conforme a los usos tradicionales, a los tres tercios, con banderillas, varas y muerte a estoque. De este modo, "Al imponer un modelo espectáculo taurino en sustitución de las corridas de toros que se separa radicalmente de una manifestación paradigmática de la fiesta tradicional española, impidiendo, al propio tiempo, la celebración de otro tipo de espectáculos, la ley de las Illes Balears impide, perturba o menoscaba la competencia estatal sobre patrimonio cultural inmaterial."

Esta sentencia es aun más importante que la que declaró que la prohibición de los festejos taurinos en la comunidad autónoma catalana era inconstitucional. Porque da un paso más y establece que tampoco cabe regular los festejos taurinos de modo que los mismos no sean reconocibles en sus elementos básicos.

Por eso, la vuelta de los toros a Palma de Mallorca es una buena noticia. Porque supone que no se pierde en aquellas islas parte del patrimonio cultural común de todos los españoles. Y porque demuestra que los esfuerzos de todos los que han defendido la necesidad de blindar legalmente la protección de la tauromaquia y los que actuado en los tribunales para reivindicar esta defensa no ha sido en balde.

Sin la sentencia del constitucional en Palma sólo podría darse un festejo en el que los toros a lidiar fueran de la ganadería geográficamente más cercana a la plaza de toros (y no la que libremente decidiera el empresario, o los toreros, que a estos efectos tanto da), que no podían enchiquerarse antes de la lidia (lo cual hacía bastante complejo su manejo), sólo podrían lidiarse un máximo de tres toros y cada uno de ellos durante no más de diez minutos (lo cual hacía inviable económicamente programar cualquier espectáculo) y no habría tercio de varas, de banderillas ni muerte a estoque de los toros (creando, por tanto, un parodia del verdadero rito taurino). Y como consecuencia de la sentencia y la decisión del empresario que la ha programado y de toreros y ganadero va a haber un festejo taurino de cuatro matadores y ocho toros (de Castillo de las Guardas, en Sevilla, que no es precisamente la ganadería más próxima a la plaza), cada uno lidiado siguiendo las reglas de la tauromaquia moderna, con sus tres tercios y muertos a estoque.

Aun quedan cosas por hacer. Como seguir insistiendo en la necesidad de anular la prohibición de que en esa comunidad autónoma puedan ir a la plaza menores de 18 años, algo que resulta contrario tanto al derecho de sus padres a educarlos como al propio derecho de los menores a la asistencia a eventos culturales. O eliminar la prohibición de vender bebidas alcohólicas en la plaza, algo usual en eventos deportivos, pero no en actividades culturales y que supone una merma de ingresos para el empresario. O mitigar otras intervenciones administrativas en el festejo que algunas autoridades quieren utilizar torticeramente y con evidente abuso de autoridad para dificultar la celebración de la corrida.

Pero en Baleares se pueden dar festejos íntegros, conforme a la tradición y al rito. Como en el resto de España. Y por eso el festejo del día 9 es un motivo de celebración para todos los que gustamos de la cultura y de la libertad.

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