Magistrado
consideraría que el único órgano facultado para prohibirlas es el Congreso. ***
En Medellín, activistas de AnimaNaturalis rechazarán corridas. *** Activistas
por los derechos de los animales realizaron un impactante performance contra la
tauromaquia, exigiendo al Congreso de la República la prohibición de las
corridas de toros.
El fallo del primero de febrero del año pasado que
incluyó a las corridas de toros en la lista de eventos en los que se comete
maltrato animal –y que le dio al Congreso dos años de plazo para legislar sobre
esta materia antes de que esa disposición entrara en vigencia– estaría a punto
de caerse en la Corte Constitucional.
EL TIEMPO conoció que en el alto tribunal hay una
ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la cual está en construcción y
que buscaría anular esa decisión, tomada por la Sala Plena.
Ese fallo es clave, ya que en la decisión la
mayoría de magistrados tumbaron el artículo quinto de la Ley 1774 –expedida por
el Congreso en el 2016–, que excluía a las corridas de toros, el rejoneo, las
novilladas, el coleo, las corralejas y las peleas de gallos de las conductas
que constituyen hechos de violencia contra los animales, y que son penalizadas
con cárcel de 12 a 36 meses.
En ese momento, la mayoría de magistrados (Gabriel
Eduardo Mendoza, Jorge Iván Palacio, Ernesto Vargas, María Victoria Calle y
Aquiles Arrieta, quienes ya no están en la Corte porque cumplieron su periodo)
afirmaron que la legislación ha avanzado para catalogar a los animales como
seres sintientes, por lo que no es constitucional someterlos a maltrato o
conductas arbitrarias.
Pero esta nueva ponencia busca anular el fallo y,
según fuentes del alto tribunal, podría tener la acogida de la mayoría. Una de
las razones es que cuatro de los magistrados que se apartaron de la decisión de
hace un año (Luis Guillermo Guerrero, Alejandro Linares Cantillo, Gloria Stella
Ortiz, y Alberto Rojas Ríos) siguen en la Corte, y los entrantes magistrados
del 2017 podrían unirse a esa posición.
Los argumentos de Lizarazo, aseguran las fuentes,
serían similares a los que hace una semana tumbaron la consulta antitaurina en
Bogotá. En ese sentido, el magistrado Lizarazo consideraría que el único órgano
facultado para prohibir las corridas de toros es el Congreso, por lo que la
Corte habría excedido sus competencias y violado facultades del legislativo al
penalizar corridas.
Otro de los argumentos que coge fuerza es que el
fallo violó la misma jurisprudencia de la Corte que en decisiones anteriores
había permitido esos eventos con animales, aunque limitándolos a las zonas en
donde tienen tradición.
Si la ponencia de Lizarazo es aceptada, la
decisión podría complicar el camino abierto en el Congreso para prohibir las
corridas. Luego de que la Corte exhortó a ese órgano a legislar sobre las
corridas (ya sea despenalizándolas o prohibiéndolas) se presentó el proyecto de
ley 271 de 2017, el cual está en trámite pero no ha tenido mayor avance.
Si se cayera el exhorto del Congreso, y si en
febrero del 2019 no hay ninguna ley al respecto, ello implicaría que tanto
corridas como shows con animales se seguirían realizando en el país. / Diario EL TIEMPO de Bogotá
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