sábado, 17 de febrero de 2018

Ponencia tumbaría fallo que penalizó las corridas de toros

Magistrado consideraría que el único órgano facultado para prohibirlas es el Congreso. *** En Medellín, activistas de AnimaNaturalis rechazarán corridas. *** Activistas por los derechos de los animales realizaron un impactante performance contra la tauromaquia, exigiendo al Congreso de la República la prohibición de las corridas de toros.
 
El fallo del primero de febrero del año pasado que incluyó a las corridas de toros en la lista de eventos en los que se comete maltrato animal –y que le dio al Congreso dos años de plazo para legislar sobre esta materia antes de que esa disposición entrara en vigencia– estaría a punto de caerse en la Corte Constitucional.

EL TIEMPO conoció que en el alto tribunal hay una ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la cual está en construcción y que buscaría anular esa decisión, tomada por la Sala Plena.

Ese fallo es clave, ya que en la decisión la mayoría de magistrados tumbaron el artículo quinto de la Ley 1774 –expedida por el Congreso en el 2016–, que excluía a las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, el coleo, las corralejas y las peleas de gallos de las conductas que constituyen hechos de violencia contra los animales, y que son penalizadas con cárcel de 12 a 36 meses.

En ese momento, la mayoría de magistrados (Gabriel Eduardo Mendoza, Jorge Iván Palacio, Ernesto Vargas, María Victoria Calle y Aquiles Arrieta, quienes ya no están en la Corte porque cumplieron su periodo) afirmaron que la legislación ha avanzado para catalogar a los animales como seres sintientes, por lo que no es constitucional someterlos a maltrato o conductas arbitrarias.

Pero esta nueva ponencia busca anular el fallo y, según fuentes del alto tribunal, podría tener la acogida de la mayoría. Una de las razones es que cuatro de los magistrados que se apartaron de la decisión de hace un año (Luis Guillermo Guerrero, Alejandro Linares Cantillo, Gloria Stella Ortiz, y Alberto Rojas Ríos) siguen en la Corte, y los entrantes magistrados del 2017 podrían unirse a esa posición.

Los argumentos de Lizarazo, aseguran las fuentes, serían similares a los que hace una semana tumbaron la consulta antitaurina en Bogotá. En ese sentido, el magistrado Lizarazo consideraría que el único órgano facultado para prohibir las corridas de toros es el Congreso, por lo que la Corte habría excedido sus competencias y violado facultades del legislativo al penalizar corridas.

Otro de los argumentos que coge fuerza es que el fallo violó la misma jurisprudencia de la Corte que en decisiones anteriores había permitido esos eventos con animales, aunque limitándolos a las zonas en donde tienen tradición.

Si la ponencia de Lizarazo es aceptada, la decisión podría complicar el camino abierto en el Congreso para prohibir las corridas. Luego de que la Corte exhortó a ese órgano a legislar sobre las corridas (ya sea despenalizándolas o prohibiéndolas) se presentó el proyecto de ley 271 de 2017, el cual está en trámite pero no ha tenido mayor avance.

Si se cayera el exhorto del Congreso, y si en febrero del 2019 no hay ninguna ley al respecto, ello implicaría que tanto corridas como shows con animales se seguirían realizando en el país. / Diario EL TIEMPO de Bogotá

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