El torero ha
sido condenado por homicidio imprudente y conducción temeraria por la muerte de
Carlos Parra. La juez ha dado por nula la prueba de alcoholemia que indicaba
que Ortega triplicaba la tasa permitida.
MERCEDES BENÍTEZ
Diario ABC de Sevilla
SEVILLA.-
El Juzgado de lo Penal número seis de Sevilla
acaba de hacer pública la sentencia por el accidente de tráfico que costó la
vida a Carlos Parra el 28 de mayo de
2011. El torero José Ortega Cano ha
sido condenado a dos años y seis meses de prisión por un delito de homicidio
imprudente y conducción temeraria, una pena inferior a la que había pedido la
Fiscalía que solicitaba cuatro años ya que ha sido absuelto del delito contra
la seguridad vial.
El fallo, que acaba de ser notificado a
los abogados del torero y la acusación particular que representa a la familia
de la víctima, supone que la juez Sagrario
Romero no ha aceptado la prueba de alcoholemia realizada al torero.
Aunque finalmente el diestro no ha
acudido a los juzgados a recoger la sentencia, sus defensas Enrique Trebolle ha manifestado que «no
está satisfecho y que recurrirá con toda probabilidad ante la Audiencia
Provincial» y por tanto ello conllevaría la paralización de la
ejecución de la pena, lo que supone que no tendrá que ingresar en prisión. Al
menos, de momento.
El abogado de la familia de Carlos Parra también ha anunciado que
recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Penal. El letrado ha dicho a los
medios, a la salida del juzgado, que ya ha hablado con la viuda de Parra para comunicarle la sentencia y
que lo primero que le ha preguntado es: «¿Irá a la cárcel Ortega Cano?».
Los antecedentes a la sentencia
Recordemos que José Ortega Cano se enfrentaba a los cuatro años de prisión que
pedía la Fiscalía de Sevilla por la muerte en accidente de tráfico de Carlos Parra, de 38 años, el 28 de mayo
de 2011, por un presunto delito de homicidio imprudente en concurso con otro
contra la seguridad vial y conducción temeraria. Y es que, los análisis e
informes realizados por la Guardia Civil arrojaron que el matador de toros ya
retirado triplicaba la tasa de alcoholemia permitida en el momento del
accidente –1,26 gramos de alcohol por litro de sangre–, determinando, además,
que su todoterreno circulaba a 125 kilómetros por hora en una carretera
limitada a 90.
Después de seis días de juicio, Ortega Cano hacía uso de su derecho a
la última palabra, el pasado 19 de marzo, afirmando que no bebió la noche del
accidente, que la muerte de Carlos Parra
fue «el
percance más grave de su vida» y que se unía «al dolor de la familia»
del fallecido. «Que sea lo que Dios quiera y la Justicia dictamine», afirmó en
pie ante la juez Sagrario Romero.
El abogado del torero, Enrique Trebolle, pidió la absolución
por entender que la alcoholemia de 1,26 gramos por litro de sangre es una
prueba nula, pues se rompió la cadena de custodia en el hospital Virgen
Macarena de Sevilla, donde Ortega Cano
quedó ingresado en estado grave.
Ortega
Cano argumentó ante la juez que sufrió un «vahído
o un desvanecimiento», consecuencia de su arritmia cardiaca, que le
hizo perder el control de su todoterreno en la carretera entre las localidades
sevillanas de Burguillos y Castilblanco de los Arroyos, donde el torero tiene
su finca.
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