Estas
son las medidas publicadas por cada comunidad autónoma referente a los
espectáculos taurinos y que entran en vigor a partir de este domingo, cuando
finaliza el Estado de Alarma
Las comunidades autónomas han publicado ya durante
este viernes y sábado las medidas de prevención, contención y coordinación que
se adaptarán a partir de este domingo 21 de junio con el fin del Estado de
Alarma y la entrada de la conocida como nueva normalidad. En las mismas se hace
referencia a los espectáculos taurinos, sobre todo en cuanto a los aforos y
límites de público. La gran mayoría de comunidades establecen un límite de aforo
entre el 50 y el 75%. Los más perjudicados son los festejos populares, al no
tener control de aforo. Estas son todas las medidas que han publicado las
distintas comunidades:
Aragón:
Plazas al 50%, con límite de 1.000 personas (se requiere autorización para
aumentar este límite). Los festejos populares, suspendidos hasta el 30 de
septiembre.
Navarra:
Solo festejos en plazas de toros al 75%.
Castilla
y León: Solo festejos en plazas de toros al 75%. Suspendidos todos los
festejos populares de encierros por calles y campo.
Madrid:
Plazas de toros al 60% hasta el 6 de julio y a partir de entonces, se amplía al
75% del aforo. Las fiestas populares podrán reanudar su actividad cuando la
autoridad sanitaria lo permita.
País
Vasco: Hasta el 60% del aforo con límite de 1.000 personas. Se permiten
los festejos populares manteniendo la distancia interpersonal de 1,5 metros, y
en aquellos casos en los que no sea posible, deberá usarse mascarilla.
Andalucía:
Plazas de toros al 50%.
Comunidad
Valenciana: Al 50% con límite de 800 personas. En los próximos días se
publicarán las nuevas medidas para los festejos populares de “bous al carrer”.
Extremadura:
Hasta el 31 de julio, límite del 50% del aforo; desde entonces se amplía al
75%.
Galicia:
Hasta el 50% de aforo y límite de 800 personas.
Castilla-La
Mancha: Plazas de toros al 75%. Hasta el 15 de julio no habrá festejos
taurinos populares por el campo o encierros por las calles. Pasada esa fecha se
podrá reconsiderar dicha recomendación.
Murcia:
Plazas de toros al 75% con un máximo de 500 personas. Dicha cifra se podrá
ampliar hasta 800 personas en aquellos casos en que los responsables o
promotores elaboren un plan de actuación específico.
Cantabria:
Plazas de toros al 75% con un máximo de 1.000 personas.
La Rioja:
Plazas de toros limitadas a un 75% de su aforo y con un máximo de 1.000
personas, al menos durante los meses de julio y agosto. No está permitido
organizar actos en los que no pueda controlarse la distancia entre personas o
el uso de mascarillas. Están prohibidos los encierros o sueltas de vaquillas en
calles.
En la normativa de Asturias no se hace referencia
a la "nueva normalidad" en sus plazas de toros, si bien el único
reducto taurino en dicha comunidad es la ciudad de Gijón, que canceló
recientemente su feria taurina. En Cataluña y Canarias no se dan toros y
Baleares no especifica nada al respecto. / Redacción APLAUSOS
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