JORGE
ARTURO DÍAZ REYES
@jadir45
Una faena torera, buena o mala, es una obra de
arte y su propiedad corresponde al autor por el solo hecho de su creación. Esto
significa que la protección de la obra es automática, por lo cual no es
necesario ningún registro formal para que la autoría le sea reconocida y
respetada en cualquier parte.
De hecho, el torero es dueño de sus faenas y es
libre de pre vender sus derechos de contemplación al empresario, quien a su vez
los revende al público. Todo crédito y comercio derivado de ellas le
pertenecen. Publicidad, imagen, transmisiones, películas, videos, fotos,
reproducciones… pueden o no ser incluidos en los contratos. Así es y así ha
sido desde que el toreo se negocia
¿Qué necesidad tenía entonces Miguel Ángel Perera
de someter al criterio de los jueces su derecho natural de autoría sobre la
ejecutada el 22 de junio de 2014 en la plaza de Badajoz a "Curioso"
de Garcigrande? Ninguna.
Como no fuera sorprender con una pregunta de
Perogrullo. Al Juzgado 1 de Badajoz, a la Audiencia Provincial de Extremadura y
en última instancia al Tribunal Supremo español, forzado este a invocar el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea para responderle sibilinamente…
"Resulta muy difícil (no imposible)
identificar de forma objetiva en qué consistiría la creación artística original
al objeto de reconocerle los derechos de exclusiva propios de una obra de
propiedad intelectual".
A lo cual cabe replicar que si a los altos
magistrados españoles y europeos, les parece tan difícil identificar la
creación artística en una faena, deberían consultar los milenios de arte, la
historia de España, (que no puede comprenderse bien sin la historia de las
corridas de toros según Ortega y Gasset), o al menos hojear ese hasta hoy no
refutado libro: "Tauromaquia o arte de torear a caballo y a pie",
publicado por Pepe Hillo en 1796.
¿No es contraevidente? Opino, con la obligada
humildad de aficionado raso, pero también con la libertad correspondiente, que
todo esto ha sido, un conjunto de equivocaciones. De Perera, de los tribunales
y de los que se han limitado a pasar la sentencia sin masticarla.
Tal vez el único acierto fuera la resignada
conclusión del matador derrotado: "Acato, pero no estoy de acuerdo".
Por supuesto, yo tampoco. ¿Cómo estar de acuerdo si en la creación de la obra
negada, cuya propiedad él mismo autor puso en tela de juicio, apostó hasta la
vida? Era suya, todos los sabíamos. ¿Ahora qué sigue, tras esta jurisprudencia
sentada? ¿De quién serán esta faena y las otras? ¿Cómo se reclamará su
propiedad?
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