Cincuenta senadores populares presentaron esta iniciativa el pasado 28 de octubre
PALOMA CERVILLA
MADRID.- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 senadores del Grupo Popular contra la decisión del Parlamento de Cataluña de prohibir las corridas de toros. En una providencia fechada el 23 de noviembre, y a la que ha tenido acceso ABC, este tribunal comunica a la senadora del PP y Comisionada para presentar esta iniciativa, Rosa Vindel, la decisión de estudiar la posible inconstitucionalidad de un recurso que va dirigido contra el artículo 1 de la Ley de Cataluña 28/ 2010 de 3 de agosto, de modificación del artículo 6 del texto refundido de la Ley de Protección de Animales, aprobada en 2008.
El recurso fue presentado por los populares el pasado 28 de octubre, asegurando el portavoz de este grupo en el Senado, Pío García-Escudero, que la decisión del Parlamento catalán «infringe artículos de la Constitución , como el acceso a la libertad de todos los españoles a las manifestaciones culturales, es decir, a la creación artística, y a la libertad del empresariado».
La iniciativa judicial del PP va más allá, ya que entienden que «lo más importante es que en todos los decretos de transferencias de la Administración Central a las Administraciones Autonómicas sobre competencias en materias de espectáculos se habla de las facultades en cuanto a regulación, promoción u ordenación, pero en ningún caso de prohibición». Además, advirtieron que, la Tauromaquia está protegida por las leyes nacionales y europeas, «con lo que al prohibirse esta actividad de carácter cultural se vulneran cinco artículos de la Constitución ».
Los artículos afectados
Los artículos afectados serían «el 20, que recoge la libertad de expresión, libertad de creación artística, libertad de cátedra y libertad de comunicación; el 27, sobre el derecho a la educación; el 44, en el que se dice que los poderes públicos promoverán el acceso a la cultura; el 46, que establece que se garantizará y promoverá el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico español, y el 149.1.1º, que indica que el Estado tiene competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones que garantizan la igualdad entre todos los españoles».
Los populares entendían en su momento que «el asunto no admite controversia alguna. Con la ley en la mano, el Parlament, a efectos prohibitivos de la Fiesta , carece de competencias, ya que están reservadas a la Administración Central. Y la ley catalana no se ha limitado a regular o reglamentar, sino a prohibir de plano». Finalmente, evocan que el derecho comunitario recoge expresamente los valores de la Fiesta Nacional y recoge la Tauromaquia como «una excepción» al régimen general de tutela en materia de bienestar animal. / ABC de Madrid
No hay comentarios:
Publicar un comentario